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La Secretaria Regional Ministerial de Gobierno, María Francisca Plaza Velis, se refirió a las
palabras del Ministro de Salud, Enrique Paris, refiriéndose a la región de Atacama y
aprovechó la instancia para valorar, detallar y explicar los alcances de la Ley Nacional del
Cáncer.
En el marco de su balance diario y público, respecto a la emergencia sanitaria, el Ministro
Paris destacó a la región por sus 93.345 test por millón de habitantes, ya que supera la
media nacional de testeo. “Tiene cero exámenes en espera, felicito a Atacama por su
trabajo”, dijo la autoridad.
Al respecto, la Seremi de Gobierno declaró que “tanto las autoridades, como los
funcionarios del sistema de salud, han estado trabajando desde el primer día con mucha
fuerza y sin descanso. Este es un reconocimiento del Ministro a todos y todas quienes
trabajan día a día para resguardar y proteger a la comunidad. Al mismo tiempo, sus
palabras son para los ciudadanos responsables de Atacama, quienes sin dudarlo se
realizan sus tests cuando la situación lo amerita. Con estas declaraciones también
agradecemos, junto al Ministro, el trabajo de la Universidad de Atacama que es la que
procesa las muestras en su laboratorio, en una alianza público privada.
Plaza Velis aprovechó la instancia para detallar los alcances del proyecto que crea la Ley
Nacional del Cáncer. Iniciativa que, por cierto, fue despachada por el Congreso y quedó
lista para su promulgación.
La iniciativa establece un marco normativo para la planificación, desarrollo y ejecución de
políticas públicas, programas y acciones destinados a establecer las causas y prevenir el
aumento de la incidencia del cáncer, e implementar sus tratamientos conforme a lo
establecido en el Plan Nacional del Cáncer, incluyendo cuidados paliativos.
La vocera regional del Gobierno sostuvo que la Ley consta de 5 puntos. “En primer lugar,
crea el Fondo Nacional del Cáncer, que estará destinado a financiar total o parcialmente
los programas y proyectos relacionados con la investigación y estudio, para la
implementación del Programa Nacional del Cáncer, estudio, evaluación, promoción,
desarrollo de iniciativas de prevención, pesquisa temprana y otros. Este fondo se
compone de aportes provenientes de la Ley de Presupuestos; cooperación internacional;
donaciones, herencias o legados y recursos del Fondo de Desarrollo Regional, y pueden
ser adjudicados mediante concurso público convocado por la Subsecretaría de Salud
Pública de forma semestral”.
“En segundo lugar, la Ley considera una política de formación de especialistas para el
tratamiento del cáncer, tanto médicos y otros profesionales de la salud como
investigadores, lo cual estará coordinado con el Ministerio de Educación y el de Ciencia,
Tecnología, Conocimiento e Innovación. En tercer lugar, la normativa crea la Red
Oncológica Nacional, que constará de centros especializados que serán parte de la Red
Asistencial de Salud, con el propósito de entregar diagnósticos, tratamientos y
seguimiento de los pacientes. Estos centros serán clasificados como centros de Alta,
Mediana y Baja complejidad”, explicó la autoridad.
En cuarto término, la Ley crea Registro Nacional de pacientes con cáncer que debe ser
elaborado por la Subsecretaría de Redes Asistenciales, quedando como una enfermedad
de notificación obligatoria y por último, esta iniciativa crea la Comisión Nacional del
Cáncer, la cual deberá asesorar al Ministerio de Salud en la formulación de las políticas, en
la investigación científica, implementación de estrategias y las demás acciones que se
promueven en esta Ley. La Comisión estará formada por 5 representantes de asociaciones
científicas, 3 de facultades de medicina de universidades acreditadas, y 3 de fundaciones u
organizaciones de pacientes.